Bonistas locales de Latam reiteran en la justicia su disconformidad con el plan de la aerolínea
En el escrito, se hacen presente una serie de consideraciones en relación con el proceso de reorganización y sus implicancias bajo la ley chilena.
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Los tenedores de bonos de las Series A-D y Serie E emitidos en Chile por Latam Airlines, informaron que presentaron un escrito ante el 2° Juzgado Civil de Santiago, mostrando su disconformidad con el Plan de Reorganización presentado en la Corte de Nueva York e insistieron en el tratamiento discriminatorio de la propuesta.
En el escrito, se hace presente una serie de consideraciones en relación con el proceso de reorganización de Latam ante el tribunal de Nueva York y sus implicancias bajo la ley chilena, todas cuestiones que deberán ser revisadas y resueltas en su momento por el tribunal si se solicita el reconocimiento del Plan de Reorganización en Chile. Una traducción de este escrito será presentada al tribunal de Nueva York que conoce del Capítulo 11 del Código de Quiebras al cual se encuentra acogido Latam.
Disconformidad con el Plan
Entre estas consideraciones se encuentran el principio de igualdad de trato entre los acreedores que es parte del orden público chileno y, por tanto, "ni el deudor ni las partes que participan en una reorganización pueden renunciar al mismo. En caso de vulnerarse este principio, su efecto sería la imposibilidad de reconocer o adoptar en Chile medidas dictadas por tribunales extranjeros en procesos de insolvencia transfronteriza", indicaron en su comunicado.
Asimismo, los tenedores de bonos locales, entre los cuales se encuentran algunos fondos de pensiones, compañías de seguros de renta vitalicia y otros fondos de inversión, reclaman la protección de los derechos de sus miles de afiliados, pensionados y otros inversionistas chilenos, pues bajo su perspectiva, en su formulación actual, el plan presentado por Latam vulnera el orden público chileno al no respetar el principio de igualdad entre acreedores.
Por otro lado, sostienen que el Plan discrimina arbitrariamente entre los acreedores valistas internacionales y nacionales de Latam. "Mientras a los primeros les asegura un 100% de recupero, a los segundos les asigna un porcentaje sustancialmente menor (entre 19% y 27%, dependiendo de si participan o no en un nuevo financiamiento a Latam). Ello, a pesar que, al emitir Latam los bonos que justifican las acreencias, a ambos acreedores, locales e internacionales, se les aseguró por sus créditos valistas un trato en igualdad de condiciones y con igual preferencia de pago", agregaron.
Beneficios indebidos
En esa línea, indicaron que la propuesta también discrimina dentro de la misma Clase 5 que propone Latam, a la que pertenecen los tenedores de bonos locales, pues un grupo privilegiado de acreedores de esa clase recibirían un recupero cercano a 60%, mientras que el resto de los acreedores de la misma clase -incluyendo a los tenedores de bonos chilenos- uno significativamente menor (entre 19% y 27%, como ya se ha señalado).
Finalmente, aseguraron en el escrito que la estrategia "contiene beneficios o ventajas indebidos para los accionistas mayoritarios y controladores de Latam, infringiéndose con ello el principio conforme al cual en un proceso de insolvencia primero se debe atender al pago de las deudas y de los acreedores de la empresa deudora, y solo después a efectuar repartos a sus socios".